FORO Asturias apoya la Toma en Consideración de la Ley sobre el Régimen Jurídico de los Animales
“En 2017 respaldé una iniciativa similar a la que Socialistas y Unidas Podemos nos traen ahora. Contó con amplísimo respaldo parlamentario, pero decayó por la disolución de las Cámaras”
“La sociedad del siglo XXI precisa acomodar los grandes cambios sociales en relación con el trato hacia los animales y específicamente su integración en nuestro entorno inmediato, es decir, a la vida familiar y personal”
“En España existe un histórico y tradicional vínculo con los animales en tareas ganaderas, cinegéticas, deportivas, culturales… que junto con el ámbito doméstico han ampliado la sensibilidad animalista de manera sobresaliente”
“Nuestra Constitución, tan avanzada en muchos aspectos, no contempló el bienestar animal como bien protegido, mientras si lo hacen países como Alemania en sus leyes fundamentales”
“Llegó tarde también la ratificación del Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía, aprobado en 1987 pero que entró en vigor en España tres décadas después”
20.04.2021 (Madrid).- El diputado nacional de FORO Asturias, Isidro Martínez Oblanca, intervino esta mañana ante el Pleno del Congreso de los Diputados, durante la defensa de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista y Unidas Podemos de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el Régimen Jurídico de los Animales.
Oblanca confirmó que votaría a favor de la Proposición, a la par que recordó la existencia de un precedente inmediato “en la iniciativa que sobre la misma materia ya presentó el Grupo Popular en la XII Legislatura, que recibió en la sesión del 12 de diciembre de 2017 un amplísimo respaldo parlamentario, y sobre la que se realizó a lo largo de un año un buen trabajo en ponencia, en el seno de la Comisión de Justicia, informe incluido, que, desafortunadamente, decayó por la disolución de las Cámaras”.
El diputado de FORO Asturias en el Congreso de los Diputados, quien pidió en esta ocasión más agilidad para evitar que decaigan los trabajos realizados por el legislador, indicó que “se aborda una cuestión de gran importancia para la sociedad del siglo XXI que acomode los grandes cambios sociales en relación con el trato hacia los animales y específicamente su integración en nuestro entorno inmediato, es decir, a la vida familiar y personal”, y recalcó que “en España existe un histórico y tradicional vínculo con los animales en tareas ganaderas, cinegéticas, deportivas, culturales… que junto con el ámbito doméstico han ampliado la sensibilidad animalista de manera sobresaliente”.
Oblanca continuó indicando “nuestra Constitución, tan avanzada en muchos aspectos, no contempló el bienestar animal como bien protegido, mientras si lo hacen países como Alemania en sus leyes fundamentales” y calificó tardía “la ratificación del Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía, aprobado en 1987 pero que entró en vigor en España tres décadas después”.
“Es imprescindible que en España se acometan políticas de concienciación y educación ciudadana que fomenten preventivamente las conductas cívicas y la tenencia responsable de los animales”, pidió el representante de FORO Asturias para concluir su intervención.
INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO NACIONAL DE FORO ASTURIAS, ISIDRO MARTÍNEZ OBLANCA, DURANTE EL DEBATE DE LA PROPOSICIÓN NO DE LEY DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL, LA LEY HIPOTECARIA Y LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, SOBRE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ANIMALES:
“Muchas gracias, señora presidenta.
Buenas tardes, señoras y señores diputados.
Los grupos Socialista y de Unidas Podemos presentan ante el Pleno del Congreso la Toma en Consideración de una Proposición de Ley sobre el régimen jurídico de los animales que tiene un precedente inmediato en la iniciativa que sobre la misma materia ya presentó el Grupo Popular en la XII Legislatura, que recibió en la sesión del 12 de diciembre de 2017 un amplísimo respaldo parlamentario, y sobre la que se realizó a lo largo de un año un buen trabajo en ponencia, en el seno de la Comisión de Justicia, informe incluido, que, desafortunadamente, decayó por la disolución de las Cámaras.
En todo caso, esta iniciativa que ahora llega de la mano de los dos grupos que forman parte de la coalición de gobierno, aborda una cuestión de gran importancia y calado para la sociedad del siglo XXI sobre la que es urgente legislar para acomodar los grandes cambios sociales en relación con el trato hacia los animales y específicamente su integración en nuestro entorno inmediato, es decir, su acomodo en la vida familiar y personal.
Nuestra Constitución, tan avanzada en muchos aspectos, no contempló en 1978 el bienestar animal como bien protegido, cosa que las leyes fundamentales de otros países sí hacen, como es el caso de Alemania, por citar un ejemplo.
Llegamos muy tarde, también, a la ratificación del Convenio europeo sobre protección de animales de compañía establecido por el Consejo de Europa, que fue aprobado en 1987 pero que entró en vigor en nuestro país nada menos que tres décadas después, el 1 de febrero de 2018. En este Convenio se reconoce que el ser humano tiene la obligación moral de respetar a todas las criaturas vivas, teniendo presentes las especiales relaciones existentes entre el hombre y los animales de compañía, las cuales tienen importancia (abro comillas) “por su contribución a la calidad de vida y su consiguiente valor para la sociedad”.
Sin embargo, pese a remolonear en las adaptaciones a la legislación animalista comunitaria, en España existe un histórico y tradicional vínculo con los animales que se refleja en tareas ganaderas, cinegéticas, deportivas, culturales, etc. pero que se ha estrechado con carácter extraordinario en el ámbito doméstico y es evidente que la sensibilidad animalista de nuestra sociedad se ha ampliado de manera sobresaliente en las últimas décadas. Precisamente por ello, con el tiempo se fueron incorporando a nuestro marco normativo diferentes reformas legales con las que se acotaban o expandían conceptos y definiciones jurídicas, pero que han resultado tibias y claramente insuficientes. De ahí la necesidad de realizar actualizaciones legislativas que podrían calificarse de transversales porque atañen al Código Civil, a la Ley Hipotecaria y a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En esa misma línea, como señalé al principio de mi intervención, ya trabajó la ponencia que concluyó a finales de febrero de 2019 un excelente trabajo que, lamentablemente, decayó apenas unos días después por la disolución de las Cortes y el fin de la XII Legislatura con la consiguiente convocatoria de elecciones generales.
Señorías, esta es una iniciativa legislativa esperada y deseada en buena parte de la sociedad española. Diríase que muy necesaria. Esta tarde, las medidas preventivas ante la pandemia de coronavirus impiden la presencia de invitados en la Tribuna, pero, en condiciones normales, hoy los diputados estaríamos acompañados presencialmente de asociaciones y entidades que han venido reclamando unas reformas legales que otorguen a los animales la calidad de “seres sintientes”, y solicitando que nuestras leyes se acomoden a la creciente sensibilidad social sobre su protección, que homologuen a España con otros países comunitarios que ya disponen de ordenamiento jurídico muy avanzado y que, finalmente, respondan a ese vínculo tan estrecho de afectividad que se desarrolla entre una mascota y quienes la tratan, efectivamente, como “uno más de la familia”, cuya relación llega a alcanzar un altísimo valor emocional y no pocas veces terapéutico, pero que también tiene sus derechos y precisa de respeto y de la correcta atención a sus necesidades.
Al hilo de lo que marca el Tratado que organiza el funcionamiento de la Unión Europea, y singularmente en su paradigmática llamada de su artículo 13 para que los países miembros tengan plenamente en cuenta las exigencias que supone la relación humano-animal en materia de bienestar de los animales como seres sensibles, nuestro país ya ha realizado algunas modificaciones en el Código Penal para tratar de dar mayor protección a los animales domésticos y castigar su maltrato o el abandono; pero son insuficientes.
También en el ámbito autonómico se han producido avances legislativos en aplicación de sus títulos competenciales como son los relativos a sanidad, ganadería, espectáculos, medioambiente, fauna o seguridad pública. Asimismo, existen muchas ordenanzas municipales que han abierto la huella en aspectos que una buena y meticulosa legislación estatal sobre el animal de compañía debe precisar para evitar la dispersión normativa y los tratamientos jurídicos desiguales en función del lugar de residencia lo que conduce, igualmente, a desajustes y a interpretaciones jurídicas variadas que hacen imprescindible una armonización estatal para proporcionar el objetivo de bienestar animal, prevenir su maltrato y asegurar su protección.
Finalmente, con mi voto favorable a esta Toma en Consideración, quiero pedir agilidad en los trámites parlamentarios para que España pueda disponer de esta Ley sobre el régimen jurídico de los animales y no se corra el riesgo de que decaigan los trabajos realizados por el legislador, tal y como sucedió hace dos años. Al mismo tiempo, y de forma permanente, es imprescindible que en España se acometan políticas de concienciación y educación ciudadana que fomenten preventivamente las conductas cívicas y la tenencia responsable de los animales.
Votaré favorablemente la Toma en Consideración de esta Proposición de Ley sobre el Régimen Jurídico de los animales.
Muchas gracias”.