En aplicación de lo contemplado en el apartado ocho del artículo 14 de la Ley de Financiación de Partidos Políticos, Ley Orgánica 8/2007 de 4 de julio, modificada por la Ley Orgánica 5/2012 de 22 de octubre, que establece que "los partidos políticos, una vez emitido por el Tribunal de Cuentas el informe de fiscalización correspondiente a un determinado ejercicio, vendrán obligados a hacer públicas, preferentemente a través de su página web , el balance y la cuenta de resultados y en particular, la cuantía de los créditos que les han sido concedidos, el tipo de entidad concedente y las condonaciones de deuda correspondientes a tal ejercicio, de forma que esta información sea de gratuito y fácil acceso para los ciudadanos", FORO Asturias pone a disposición de los ciudadanos la citada información.