“Muchas normas aprobadas por el Congreso, cuyo contenido consiste en avanzar en la digitalización, son objeto de reiteradas demoras en su entrada en vigor”
“¿Tiene previsto el Gobierno adoptar alguna medida de apoyo para garantizar que en abril de 2021 puedan ser efectivas las previsiones legales acerca de la administración electrónica, evitando así una nueva prórroga?”
“De nada sirve aprobar normas que no se cumplen, por muy loables que sean las intenciones que declara su contenido”
4 de octubre de 2020 (Gijón, Asturias).- El diputado de FORO, Isidro Martínez Oblanca, registrará mañana lunes una batería de preguntas al Gobierno relacionadas con la administración electrónica y la situación derivada de los sucesivos aplazamientos de la entrada en vigor de las disposiciones establecidas en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en particular las relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la administración y archivo electrónico.
“Muchas normas aprobadas por el Congreso, cuyo contenido consiste en avanzar en la digitalización, son objeto de reiteradas demoras en su entrada en vigor”, afirmó el diputado asturiano que considera que “no todo el sector público está preparado para cumplir las ambiciosas disposiciones legales en materia de administración electrónica, caso de muchos Ayuntamientos de pequeña dimensión”.
“De nada sirve aprobar normas que no se cumplen, por muy loables que sean las intenciones que declara su contenido”, señaló Oblanca que, entre otros aspectos, pregunta al Gobierno de Pedro Sánchez “si tiene previsto adoptar alguna medida de apoyo para garantizar que en abril de 2021 puedan ser efectivas las previsiones legales acerca de la administración electrónica, evitando así una nueva prórroga”.
En el texto de su iniciativa parlamentaria, Oblanca expone que “no parece previsible que de aquí al mes de abril de 2021 se dé ninguna circunstancia excepcional que permita a las administraciones que ahora no están adaptadas por ausencia de medios materiales y económicos, adaptarse dentro de seis meses”.
“Esa incapacidad de facto va a persistir y ha de ser un objetivo de la acción efectiva del Gobierno para remover esas deficiencias, o bien apoyando económicamente a estos pequeños entes locales, o proporcionándoles unas herramientas tecnológicas mínimas que puedan ser asumidas por defecto y estén a cargo de la Administración General del Estado, para cumplir las previsiones legales”, se subraya en la iniciativa del diputado asturiano que subraya que con el apoyo del Gobierno “se conseguirá, no sólo el cumplimiento de las prescripciones legales de una vez por todas, sino también contribuir al control de posibles rebrotes de la pandemia asegurando la prestación del servicio público en plenas condiciones de seguridad sanitaria, en el caso de que sean necesarias nuevas restricciones en el trabajo presencial”.
Iniciativa parlamentaria (preguntas escritas al gobierno) del diputado de FORO, Isidro Martínez Oblanca.
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ISIDRO MANUEL MARTÍNEZ OBLANCA, Diputado de FORO, de conformidad con lo establecido en los artículos 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, formula las siguientes PREGUNTAS AL GOBIERNO, con el ruego de su RESPUESTA POR ESCRITO en los términos prevenidos en el artículo 190 del Reglamento de la Cámara.
La situación derivada de los sucesivos aplazamientos de la entrada en vigor de las disposiciones sobre administración electrónica establecidas en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en particular las relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la administración y archivo electrónico, constituyen un asunto de máxima relevancia en estos momentos.
Como conoce el Gobierno, la Ley 39/2015 tenía inicialmente una vacatio legis general de un año, si bien las mencionadas cuestiones relativas a la llamada administración electrónica demoraban un año más su entrada en vigor hasta los dos años. Posteriormente, el art. 6 del Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto demoró nuevamente el plazo dos años más, hasta el día de hoy, 2 de octubre de 2020.
Por último, este mismo año, la disposición final 9 del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, difiere nuevamente la entrada en vigor hasta el día 2 de abril de 2021.
Este genuino fenómeno de procrastinación en la vigencia de las normas resulta desgraciadamente habitual en nuestro ordenamiento jurídico. Tal y como este diputado ya señaló con ocasión de la reciente modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, estamos acostumbrados a que muchas normas aprobadas por esta cámara, cuyo contenido consiste en avanzar en la digitalización, sean objeto de reiteradas demoras en su entrada en vigor.
Lo que parece evidente a la vista de esta realidad es que no sólo hace falta voluntad, sino que se ha de hacer previamente un análisis ponderado de las condiciones previas en relación a los supuestos de hecho que contempla una Ley, y de los derechos y obligaciones que prescribe, para que su contenido pueda ser cumplido en la práctica por los ciudadanos y las administraciones. De nada sirve aprobar normas que no se cumplen, por muy loables que sean las intenciones que declara su contenido.
Es un hecho del que hay que ser plenamente conscientes de que no todo el sector público está preparado para cumplir las ambiciosas disposiciones legales en materia de administración electrónica. Concretamente, hay muchos Ayuntamientos de pequeña dimensión que no cuentan con los medios materiales y económicos para adaptarse a esta Ley y que, mucho nos tememos, tampoco los van a tener en abril de 2021.
La crisis sanitaria en la que seguimos inmersos, más que un obstáculo ha sido un verdadero acicate para muchas administraciones que han hecho de la necesidad virtud y han conseguido avanzar en la modernización electrónica adaptando sus procedimientos administrativos y poniendo a disposición de los ciudadanos y los empleados públicos herramientas de gestión y tramitación que hagan efectivas las previsiones legales sin afectación del servicio público y los derechos de los ciudadanos.
Ello sin duda ha provocado que al fin se haya cubierto el vacío legal existente en la regulación del teletrabajo en la administración pública, mediante la creación de un nuevo artículo 47 bis del Estatuto Básico del Empleado Público por Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Por todo ello, la razón aducida por el Gobierno en su primer intento de demora a abril de 2021, mediante Real Decreto-ley 27/2020 de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales; achacando la nueva prórroga al COVID19, nos parece francamente contradictoria.
Así rezaba la exposición de motivos de este Real Decreto-ley: “La situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ha obligado durante estos últimos meses a las diferentes administraciones públicas a priorizar la asignación de recursos humanos y tecnológicos al robustecimiento de las infraestructuras y medios tecnológicos existentes para garantizar su funcionamiento, la prestación de los servicios públicos por sus empleados de forma no presencial y el ejercicio de los derechos de los ciudadanos y empresas. Esta necesaria priorización ha dificultado en muchos casos continuar al ritmo previsto los trabajos de adaptación de los procedimientos administrativos y el diseño de procesos de gestión óptimos necesarios para el cumplimiento en la fecha prevista en la Disposición final séptima de todas las previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre”
La crisis sanitaria, y su previsible agravamiento durante los meses invernales que nos esperan, no puede ser una excusa para un nuevo aplazamiento. Todo lo contrario: ha de ser un elemento que haga urgente e irrenunciable la adaptación electrónica en abril de 2021, para evitar una nueva parálisis del país, como la que ya padecimos.
No parece previsible que de aquí al mes de abril de 2021 se dé ninguna circunstancia excepcional que permita a las administraciones que ahora no están adaptadas por ausencia de medios materiales y económicos, adaptarse dentro de seis meses.
Esa incapacidad de facto va a persistir y ha de ser un objetivo de la acción efectiva del Gobierno para remover esas deficiencias, o bien apoyando económicamente a estos pequeños entes locales, o proporcionándoles unas herramientas tecnológicas mínimas que puedan ser asumidas por defecto y estén a cargo de la Administración General del Estado, para cumplir las previsiones legales.
Con ello se conseguirá, no sólo el cumplimiento de las prescripciones legales de una vez por todas, sino también contribuir al control de posibles rebrotes de la pandemia asegurando la prestación del servicio público en plenas condiciones de seguridad sanitaria, en el caso de que sean necesarias nuevas restricciones en el trabajo presencial.
A la vista de las anteriores consideraciones, el Diputado de FORO Isidro Manuel Martínez Oblanca, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto del Congreso, formula al Gobierno de España las siguientes preguntas de las que desea obtener respuesta por escrito.
PREGUNTAS
1.- Considera el Gobierno que en abril de 2021 todos los entes que deben adaptarse a la administración electrónica, contarán con medios efectivos para hacerlo?
2.- ¿Tiene previsto el Gobierno adoptar alguna medida de apoyo para garantizar que en abril de 2021 puedan ser efectivas las previsiones legales acerca de la administración electrónica, evitando así una nueva prórroga?
3.- ¿Prevé el Gobierno algún recurso presupuestario vinculado a dicha adaptación electrónica de las Administraciones antes del mes de abril de 2021?
Palacio del Congreso de los Diputados, a 5 de octubre de 2020.
ISIDRO MANUEL MARTÍNEZ OBLANCA.
Diputado por Asturias (FORO)