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Pelayo Barcia: “El Defensor del Pueblo inicia actuaciones ante el Ayuntamiento por las discriminaciones generadas con la Ordenanza de Movilidad”

“Los vehículos con matrícula extranjera pueden obtener ticket en el parquímetro y estacionar, independientemente de la calificación ambiental del vehículo, cosa que no sucede a los matriculados en España”

por Comunicación Foro

“Desde FORO Asturias solicitamos que se permita estacionar a los vehículos con matrícula española hasta que se modifique la normativa local y se cree un registro para matriculas extranjeras, tal y como ocurre en otras ciudades”

 “La Ordenanza de Movilidad es, ya de por sí, discriminatoria porque establece dos clases de ciudadanos; los que pueden aparcar en la calle y los que deben pagar a un parking, pero su aplicación lo es aún más porque hace que dos vehículos exactamente iguales, que tienen la misma calificación ambiental, puedan o no estacionar en Gijón en función del lugar de su matriculación”

El concejal de FORO Asturias en el Ayuntamiento de Gijón, Pelayo Barcia Castañón, ha explicado hoy, a través de una nota informativa, que “el Defensor del Pueblo se ha interesado por los problemas y discriminaciones que está generado la aplicación de la Ordenanza de Movilidad”.

El pasado día 4 de abril, una vecina de Gijón envió una carta al Defensor del Pueblo donde explicaba “la discriminación existente entre vehículos matriculados en España y en el extranjero, ya que los parquímetros permitían aparcar a todos los extranjeros, independientemente de su calificación ambiental, cosa que no sucede con los matriculados en España que deben tener distintivo ambiental”.

El escrito presentado al Defensor del Pueblo por esta gijonesa explica que:

  • “Estos distintivos ambientales solo los pueden obtener vehículos con matrícula española”
  • “Las ciudades españolas que tienen estas restricciones han habilitado un registro para los vehículos extranjeros. Es decir, un residente en el extranjero que viste Madrid o Barcelona con su vehículo debe enviar previamente la documentación de este al Ayuntamiento, para confirmar que el vehículo cumple con los niveles de emisiones exigidos y para ser registrado en una base de datos y, así, no ser sancionado cuando acceda en estas ciudades”,
  • “En el caso de Gijón su normativa omite este hecho y no regula esta situación y, en la práctica, los vehículos con matrícula extranjera pueden obtener ticket en el parquímetro y estacionar sin limitación alguna, independientemente de la calificación ambiental del vehículo”.
  • “Esto supone que dos vehículos exactamente iguales, con el mismo nivel de emisiones pero con la única diferencia del lugar de matriculación, tienen tratamiento diferente en Gijón”.
  • “En la práctica, el Ayuntamiento de Gijón está prohibiendo estacionar a todos los vehículos diésel anteriores al año 2006 y gasolina anteriores al año 2000 matriculados en España, lo que es una clara discriminación por lugar de residencia ya que se lo está permitiendo a todos los extranjero”.
  • “La excusa del Ayuntamiento de Gijón será que los vehículos extranjeros son una minoría, pero esto no va del número de vehículos beneficiados sino del hecho de la discriminación en sí misma”.
  • “El hecho de que otras ciudades hayan regulado esta situación e implementado un sistema de registro previo demuestra que en Gijón no se están haciendo bien las cosas y que se pueden hacer mejor. Si se quieren concienciar a los ciudadanos en el cuidado medioambiental se deben hacer normas claras, justas e iguales para todo el mundo, con situaciones como la expuesta lo único que se genera es malestar entre la población”,

Y termina el escrito solicitando:

  • “La intervención del Defensor del Pueblo con relación a la cuestión expuesta y que solicite al Ayuntamiento de Gijón que permita estacionar a los vehículos con matrícula española hasta que se modifique la normativa local y se cree un registro para matriculas extranjeras tal y como ocurre en otras ciudades, evitando discriminación por lugar de residencia”,

Ante este escrito, el 13 de abril la adjunta primera al defensor del Pueblo, Teresa Jiménez-Becerril, contestó a la interesada

  • “Estudiada su queja, se procede a su admisión, al entender que reúne los requisitos establecidos en el artículo 54 de la Constitución, en relación con lo que dispone la Ley Orgánica de 6 de abril de 1981, del Defensor del Pueblo”.
  • “Se han iniciado las actuaciones oportunas ante el Ayuntamiento de Gijón (Asturias). Una vez recibida la información que dicho organismo ha de remitir, se le dará traslado de la misma”.

Reacciones desde FORO Asturias

“En FORO Asturias llevamos varias semanas denunciando las chapuzas que ha supuesto la aplicación de la Ordenanza de Movilidad, y esta gijonesa no ha hecho más que trasladar una de ellas al Defensor del Pueblo, logrando que este órgano se interese por el asunto y dé traslado al Ayuntamiento”, ha explicado Pelayo Barcia.

“Al igual que hace unos días logramos que el concejal de Movilidad, Aurelio Martín, reconociese por escrito que había fallos en los parquímetros, a pesar de que la Ordenanza fue aprobada hace más de un año y se viese obligado a dejar estacionar gratis a los vehículos históricos, hoy vemos cómo un órgano constitucional, como es el Defensor del Pueblo, se interese por los detalles de su aplicación que generan una más que evidente discriminación”, ha agregado.

“La Ordenanza de Movilidad es, ya de por sí, discriminatoria porque establece dos clases de ciudadanos; los que pueden aparcar en la calle y los que deben pagar a un parking, pero su aplicación lo es aún más, porque hace que dos vehículos exactamente iguales, que tienen la misma calificación ambiental, puedan o no estacionar en Gijón en función del lugar de su matriculación”, concluye el edil forista.

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