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¿Cómo votar desde el extranjero?

Tanto si resides de manera permanente como si resides de forma temporal fuera de España, podrás votar en las elecciones que se celebran el próximo 28 de mayo.

¿Resides de forma permanente fuera de España?

Si resides de forma permanente fuera de España, y estás inscrito como residente en tu Embajada o Consulado, puedes votar en las elecciones autonómicas a la Junta General del Principado.

Recibe la documentación

Después de la convocatoria de las elecciones (3 de abril), recibirás automáticamente en tu domicilio la documentación.

Prepara la documentación

Sigue las instrucciones del envío, imprime la papeleta y prepara el sobre de votación.

Envía tu voto por correo certificado

Puedes enviar el sobre de votación por correo certificado a tu Mesa electoral, hasta el 23 de mayo. Correos te devolverá el gasto del envío. ¡Guarda el recibo!

Deposita tu voto

Alternativamente, podrás depositar tu voto en tu Embajada o Consulado entre el 20 y el 25 de mayo.

¡Llegó el día!

El 28 de mayo, tu voto cuenta.

¿Resides temporalmente fuera de España?

Si estás temporalmente fuera de España el día de las elecciones, puedes votar por correo en las elecciones autonómicas y en las municipales.

Solicita el voto

A partir del 4 de abril, y hasta el 29 de abril, puedes solicitar el voto en tu Embajada o Consulado, con el original de tu DNI, Pasaporte o carnet de conducir.

Prepara la documentación

Una vez recibas el paquete de votación, sigue las instrucciones que contiene, elige la papeleta y prepara el sobre de votación.

Envía tu voto por correo certificado

Puedes enviar el sobre de votación por correo certificado a tu Mesa electoral, hasta el 25 de mayo a las 14 h. Correos te devolverá el gasto del envío. ¡Guarda el recibo!

Revisa el envío

Debes asegurarte de que el envío lleva un matasellos o etiqueta que indique que lo envías dentro del plazo.

¡Llegó el día!

El 28 de mayo, tu voto cuenta.

FORO Asturias