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Oblanca: “Las CC.AA. no tienen competencias para adoptar medidas que impliquen restricciones generalizadas e indiscriminadas a la movilidad de sus ciudadanos”

por netastur

“Es injustificable que el Gobierno de Sánchez no haya encontrado tiempo para anticiparse a las situaciones derivadas de los rebrotes de COVID-19 y elaborar un protocolo adecuado”

“Sin menoscabo de las competencias sanitarias autonómicas, nuestro marco jurídico supone que las medidas de contención ante posibles rebrotes serán más eficaces y aportarán mayor seguridad jurídica siempre que se adopten de manera coordinada con el Estado y en base a sus competencias de coordinación y excepcionales en materia de salud pública”

“El fin del estado de alarma ha supuesto el cese del mando único estatal, por lo que las Comunidades Autónomas recuperan sus competencias, pero también supone que cesan las restricciones de derechos constitucionales para cuya limitación generalizada e indefinida resultaba necesaria la declaración de un estado excepcional”

La Constitución atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación general de la sanidad que, en una situación como la actual, puede entenderse habilitación suficiente para dictar normas de aplicación en todo el territorio nacional para zonas concretas afectadas por rebrotes de COVID-19”

El diputado de FORO, Isidro Martínez Oblanca, señaló esta mañana al hilo del debate sobre si un Gobierno Autonómico puede decretar confinamientos sin la declaración del Estado de Alarma que compete al Estado y a las Cortes Generales, que “las CC.AA. no tienen competencias para adoptar medidas que impliquen restricciones generalizadas e indiscriminadas a la movilidad de sus ciudadanos”. “Es injustificable que el Gobierno de Sánchez no haya encontrado tiempo para anticiparse a las situaciones derivadas de los rebrotes y elaborar un protocolo adecuado”, subrayó Oblanca.

“Sin menoscabo de las competencias sanitarias autonómicas, nuestro marco jurídico supone que las medidas de contención ante posibles rebrotes serán más eficaces y aportarán mayor seguridad jurídica siempre que se adopten de manera coordinada con el Estado y en base a sus competencias de coordinación y excepcionales en materia de salud pública”, afirmó el diputado de FORO que recordó que “el fin del estado de alarma ha supuesto el cese del mando único estatal, por lo que las Comunidades Autónomas recuperan sus competencias, pero también supone que cesan las restricciones de derechos constitucionales para cuya limitación generalizada e indefinida resultaba necesaria la declaración de un estado excepcional”.

“La Constitución atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación general de la sanidad que, en una situación como la actual, puede entenderse habilitación suficiente para dictar normas de aplicación en todo el territorio nacional para zonas concretas afectadas por rebrotes de COVID-19”, concluyó el diputado asturiano de FORO.

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