fbpx

Pelayo Barcia: «Proponemos una nueva ayuda municipal para proteger a los autónomos «discriminados» por la Seguridad Social»

por netastur

“Los autónomos están obligados a cotizar por el ‘paro del autónomo’, pero cuando cesan la actividad no tienen garantizada la prestación por existir requisitos injustos; de hecho, solo se la conceden a un 10% de los solicitantes”

“Presentaremos un ruego en el Pleno para que desde la Concertación Social se estudie la aplicación de una ayuda que compense las ‘imperfecciones’ del cese de actividad de los autónomos”

“Dicha ayuda debería ser proporcional al tiempo cotizado y con cuantías y duración similar a la que les hubiese sido reconocido por las mutuas y la Seguridad Social, de no existir los requisitos que les discriminan respecto a los trabajadores por cuenta ajena”

El concejal del Grupo Municipal de FORO en el Ayuntamiento de Gijón, Pelayo Barcia, ha informado esta mañana sobre un ruego que presentarán en el próximo Pleno para proponer que desde la concertación social se estudie la puesta en marcha de una ayuda dirigida a los trabajadores autónomos, “discriminados por la Seguridad Social”, independientemente de si siguen de alta o no, que fueron perceptores de la prestación extraordinaria por cese de actividad y que se les ha denegado el ‘cese de actividad ordinario’ (‘paro del autónomo’) por motivos distintos a los recogidos en La Ley de Subvenciones y que tienen más de un año cotizado en el RETA en los últimos 6 años, al margen de las alta y bajas que hayan tenido en ese periodo de tiempo.

Además, dicha ayuda debería ser proporcional al tiempo cotizado, y con cuantías y duración similar a las que les hubiese sido reconocido por las mutuas y la Seguridad Social, de no existir dichos requisitos que les discriminan respecto a los trabajadores por cuenta ajena.

“Se trata de la puesta en marcha de una ayuda municipal para equiparar los derechos de los trabajadores autónomos con los de los trabajadores por cuenta ajena, complementando las ‘imperfecciones’ del cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia”, resume Pelayo Barcia.

El concejal de FORO expone que la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, estuvo en vigor hasta el 30 de junio y permitió que cientos de miles de autónomos tuviesen un ingreso mínimo durante dicho periodo. “Aunque tuvo algunos problemas de gestión por falta de coordinación entre la Seguridad Social y sus mutuas colaboradoras y en algunos sectores, que pudieron seguir con actividad, se exigió la acreditación de una bajada de ingresos excesiva del 75%, en general fue una ayuda sencilla, sin mucha burocracia y sin letra pequeña que podemos valorar positivamente si la comparamos con otras ayudas de otras administraciones que aún siguen pendientes de abono o de ser reconocidas en su totalidad”, destaca.

“Lamentablemente, tras finalizar el estado de alarma, la Seguridad Social y sus mutuas colaboradoras han vuelto a la burocratización y a la letra pequeña. La Seguridad Social diseñó una nueva ayuda que, en esencia, es el cese de actividad ordinario que ya existía (el ‘paro del autónomo’). Esta modalidad, a diferencia del paro de los trabajadores por cuenta ajena, no se cobra automáticamente cuando se pierde un empleo (cuando se cesa la actividad), sino que incluye una serie de requisitos, en algunos casos, de difícil cumplimiento. Una prueba de ello es que, según las informaciones de los medios, solamente las mutuas habían concedido la prestación al 10% de sus solicitantes a pesar de haber cotizado por ello obligatoriamente”, advierte Barcia.

“Entre las razones principales para su denegación –prosigue el concejal de FORO- se encuentra el ser beneficiario de la tarifa plana de autónomos (tarifa a la que se acogen durante los dos primeros años la mayoría de estos trabajadores) o el no haber estado dado de alta de manera ininterrumpida más de un año, con lo que todos aquellos trabajadores autónomos que por motivos de temporalidad o porque durante la pandemia se dieron de baja al estar sus negocios cerrados por decreto, al reincorporarse, no pueden acceder a esta segunda ayuda porque no cumplen dicho requisito. Tampoco, aquellos autónomos que han reabierto y vuelto a cerrar tendrán acceso a su ‘paro’, ya que al haber realizado bajas y altas han perdido la ayuda al incumplir el requisito del año cotizado de manera ininterrumpida”.

Según Barcia, “este requisito es discriminatorio, ya que mientras un trabajador por cuenta ajena puede acceder a la prestación por desempleo acumulando un año de empleo en un intervalo de tiempo superior al año, en concreto seis, al trabajador autónomo se le exige que lo tenga cotizado ininterrumpidamente y de manera inmediatamente anterior a su cese de actividad, algo que nos parece injusto y que perjudica precisamente a los trabajadores autónomos temporales, los más precarizados, que estando obligados a cotizar por ello quedan excluidos cuando cesan actividad”.

“A esta falta de ayudas, hay que sumar que, a finales de agosto, se inició el primer pago de las cuotas de autónomos (el 50% a finales de agosto, en septiembre el 75% y en octubre y en adelante el 100%) que llevaban suspendidas desde marzo para aquellos autónomos que habían sido perceptores de la ayuda extraordinaria, con lo que podemos afirmar que a diferencia de las personas adscritas a un ERTE, los autónomos ya están, en su inmensa mayoría, desprotegidos y a su suerte, pagando (si siguen de alta) y sin ninguna percepción si cerraron, abrieron y ahora han vuelto a cerrar”.

Por todo ello, “desde FORO proponemos que el Ayuntamiento, en el seno de la Concertación Social, debata la instauración de una ayuda dirigida a esos autónomos que fueron perceptores de la primera ayuda de la Seguridad Social, por estar en los sectores más afectados o por acreditar unas pérdidas del 75%, y que ahora, se les ha denegado el paro del autónomo (Cese de Actividad) por alguna causa diferente a las de obligado cumplimiento por la Ley de Subvenciones (deudas con la administración, sanciones, etc.)”

Relacionados

FORO Asturias