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Pelayo Barcia: “La Ordenanza de Movilidad contiene 101 veces palabras derivadas del verbo PROHIBIR, más que una norma de movilidad parece del Movimiento”

por netastur

La intención del Gobierno es regularlo todo, situaciones de imposible control, que nada tienen que ver con la movilidad o incluso, situaciones pertenecientes a la esfera privada de las personas.

El Ayuntamiento debe predicar con el ejemplo y ser el primero en aplicarse esas normas, por ello proponemos que los eventos municipales sean los primeros en ser declarados zonas de bajas emisiones.

La Ordenanza no debe penalizar la actividad económica. Las normas para los usuarios de vehículos de alquiler (Bicicletas, patinetes, Coches, etc.) o de empresas o autónomos deben ser exactamente las mismas que para los vehículos privados.

Desde FORO ASTURIAS seguimos revisando el borrador de la Ordenanza de Movilidad propuesta por el Gobierno Socialista del Ayuntamiento de Gijón y anunciando nuestras propuestas, que presentaremos como enmiendas en la próxima comisión. A nuestras peticiones generales ya anunciadas:

  • Realización de una Prueba Piloto a finales de 2020
  • Realización de una Consulta a los Gijoneses en 2022
  • Conocer el Plan de Movilidad en paralelo a la tramitación de la Ordenanza de Movilidad

Y a las particulares también anunciadas

  • Progresividad en su aplicación. No aplicar una prohibición total de circulación un día para otro como pretende el Gobierno
  • Quien tenga prohibido circular no pagará la viñeta.
  • Las motos no deben pagar ORA y en general deben tener restricciones menores que los coches.
  • No debe haber afán recaudatorio. Las sanciones por no llevar pegatina podrán ser conmutables por cursos/charlas medioambientales.
  • Las restricciones en el estacionamiento solo deben aplicarse en las horas de la ORA y no en los fines de semana o de noche.
  • Se debe aclarar el papel de los controladores de la ORA. Deben realizar únicamente las tareas de control del estacionamiento regulado. Las sanciones por no llevar pegatina deber ser cosa de la Policía Local.
  • No a la duplicidad en la sanción. Quien no pueda estacionar por no llevar pegatina no podrá ser multado por la ORA y por la Policía Local, por no llevar dicha pegatina.

Anunciamos las siguientes:

SIN TRABAS PARA LA ACTIVIDAD ECONÓMICA


La Ordenanza regula el uso de vehículos de alquiler o vehículos compartidos (Coches, Motos, Bicicletas o patinetes). Desde FORO nos preocupa que la Ordenanza veladamente esté tratando de perjudicar a las empresas y autónomos que prestan estos servicios diferenciando la regulación de movilidad exigida a sus clientes de la exigida a un vehículo particular. Un ejemplo son las bicicletas de alquiler y la aparición del término jurídicamente indeterminado “Turista”, que en el fondo trata de decir “Arrendatario de bicicleta compartida” y al cual se le exige cosas diferentes que a los ciclistas en general. También, nos preocupa que el registro de bicicletas sea obligado para las empresas o para los repartidores autónomos, así como la obligación de portar la “matricula” para bicicletas, y no para los particulares. Esto, a nuestro juicio, esconde veladamente una intención de controlar y sancionar con mayor énfasis a estos conductores que a los que utilicen bicicletas particulares o no registradas. Por lo tanto, propondremos que las condiciones y restricciones puestas a los conductores de vehículos de alquiler (Coches, Motos, Bicicletas, patinetes, etc.) sean las mismas que las puestas a los de uso particular. No se puede penalizar a las empresas perjudicando a sus clientes o empleados. “Es como si solo se obligase a llevar matricula a los Taxis o a los camiones, pero no a los coches particulares”.


MEJORAR LOS SISTEMAS DE PARTICIPACIÓN


La Ordenanza contiene la creación de zonas de aparcamiento vecinal a iniciativa de los propios vecinos de una zona. El Gobierno propone un sistema de participación, pero este es poco claro y poco directo.

Propondremos que para su elección debe establecerse un sistema de participación directa de los vecinos y debe exigirse que, al menos, un 50% de los vecinos empadronados en la zona estén a favor para que una zona sea establecida como Zona de Aparcamiento Vecinal.

QUIEN TENGA EXCLUSIVIDAD PARA APARCAR PAGARÁ


La Ordenanza contiene la creación de zonas de aparcamiento vecinal, pudiendo ser propuestas por los vecinos de dichas zonas. El Gobierno propone que estas zonas, aparte de ser exclusivas, sean gratuitas para los empadronados. Nosotros proponemos lo contrario, aquella zona que libremente elija, con el voto de los vecinos, establecerse como Zona de Aparcamiento Vecinal, los empadronados, que tengan la exclusividad para estacionar en ella, deberán pagar al menos lo que paga un residente en la zona azul.

VEHICULOS DE ALTA OCUPACIÓN


Aunque la ordenanza, en su artículo 35.5.i menciona a los vehículos de Alta ocupación (3 o más ocupantes) y dice que la Junta de Gobierno “Podrá” excluir de las restricciones de tráfico o de estacionamiento a estos vehículos, entendemos que, especialmente durante los primeros años, se debe flexibilizar a estos vehículos, especialmente a los que no tengan pegatina, pero vayan altamente ocupados, tal y como ocurre en otras ciudades.

EJEMPLARIZAR A TRAVES DE LOS EVENTOS MUNICIPALES


La Ordenanza habla de Planes de Movilidad de Eventos, pero desde un punto de vista del asistente a éstos (Seguridad, accesos, transporte público, información, etc.). Desde FORO creemos que los eventos culturales, deportivos, comerciales, sociales y de distinta naturaleza promovidos directamente por el Ayuntamiento o indirectamente, que tengan ayuda económica municipal, se realicen en suelo municipal y sean de gran afluencia de público, deberán ser usados como ejemplo de esta ordenanza y ser automáticamente declarados zonas de bajas emisiones, para preservar la salud de los asistentes, y por tanto se exigirá que todos los vehículos de la organización, y de los contratistas de ésta, accedan con vehículos con el distintivo 0 o ECO, tal y como el Gobierno propone para dichas zonas. “Entendemos que el Ayuntamiento tiene que ser el primero en aplicarse la Ordenanza y predicar con el ejemplo, y qué mejor que eventos lúdicos y culturales de alta afluencia de público para limitar los vehículos contaminantes, proteger el medioambiente y la salud de los asistentes”.


COMENTARIOS TRAMITACIÓN ORDENANZA


Nos preocupa que según se van conociendo detalles concretos de la ordenanza y avanzando en su tramitación, mientras que los diferentes Grupos del Ayuntamiento se van pronunciando respecto a ella o que mientras varios colectivos sociales han mostrado su total rechazo a esta ordenanza, nadie del Gobierno haya mostrado una actitud sensible con los problemas que para las personas esta ordenanza conlleva.

Hay que recordar, que el concejal que promueve esta ordenanza, el Sr. Martín, no se caracteriza ni por su sensibilidad ni por el dialogo, ni con las fuerzas políticas del Ayuntamiento ni con los vecinos en general, y en poco menos de seis meses de mandato ha anunciado el cierre del anillo navegable, a espaldas de sus usuarios; la negativa a convocar el Observatorio de la Playa, pese al acuerdo plenario; o el cierre de la Avenida de El Molinón sin contar ni con el Foro de la Movilidad ni con los vecinos, ni incluso con la Mayoría del Pleno, la cual le ha pedido que replantee la operación y aun así ha afirmado que “sí o sí” la Avenida de El Molinón será peatonalizada.

Un ejemplo de estas formas es el contenido y la redacción de la Ordenanza donde se evidencia la intención del Sr. Martín de regularlo todo, situaciones de imposible control, que nada tienen que ver con la movilidad o incluso, situaciones pertenecientes a la esfera privada de las personas. La ordenanza regula desde el uso de animales en rodajes televisivos, obligando a tener un veterinario, establece la prohibición para los peatones de correr o saltar por las calles (39.3) o incluso obliga a que los peatones esperen el autobús dentro de las marquesinas (39.4), hechos de imposible control salvo que se coloquen cámaras en toda la ciudad.

Todo esto se demuestra en el “tono” en el que está redactada la ordenanza, su texto contiene 101 veces palabras derivadas del verbo PROHIBIR, más veces que en el Código Penal (70) o que en el Código Civil (39), más que una norma de movilidad parece del Movimiento.

En concreto “Prohíbe” aparece 28 veces, “Prohibición” aparece 25 veces, “Prohibiciones” 19 veces, “Prohibida” 13 y “Prohibido” aparece 12. Luego también aparecen otras formas como prohíba o prohibidos.

 

Esta “Ordenanza del Movimiento”, propuesta por el Gobierno del PSOE y de IU, nos traslada al Gijón de 1959 donde el alcalde franquista Cecilio Olivier Sobera obligó a que los peatones caminasen por la derecha e incluso puso Guardias por las calles céntricas para hacer cumplir su edicto.

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